El ministro de Cultura, César Antonio Molina, ha asegurado que la Ley de Propiedad Intelectual se cerró la semana pasada, debido al acuerdo con el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio y a pesar del varapalo de la UE al canon digital español, se aplicará en Enero 2008!!. Vigente hasta ahora la ley de 1992, refundida en 1996, se establecía el pago de un canon para los soportes que permitían la copia de obras artísticas, como las cintas de cassete o de vídeo. La nueva ley pretende transponer a la legislación española la directiva europea sobre la Sociedad de la Información, y trasladar dicho canon a los soportes digitales, estableciendo que no sólo los CD y DVD vírgenes, sino las tarjetas de memoria, reproductores MP3 e incluso teléfonos móviles capaces de reproducir música, estarán sujetos al pago del canon. O sea, una vergüenza y una injusticia de armas tomar. ¡Todos contra el canon!
Se calcula que los teléfonos móviles o agendas electrónicas con MP3, programas que comprimen archivos audiovisuales, tendrán un canon de 1,50 euros (50 céntimos por cada teléfono móvil y 3 euros por cada reproductor MP3) en la nueva lista de tarifas que maneja la Administración, mientras que el canon digital supondrá hasta un 60% del precio de CDs y DVDs, según José Pérez, director de ASIMELEC (Asociación Multisectorial de empresas españolas de electrónica y comunicaciones).
"Es como un cuento perverso en el que los poetas atracan a su pueblo, los cantantes llaman piratas o pendejos electrónicos a los ciudadanos honestos, los músicos cambian sus instrumentos por calculadoras y a los autores les inspira la letra de las leyes y de los reglamentos para aplicar tasas. Una verdadera pesadilla, para salir de la cual basta con abrir los ojos y no dejarse engañar".
Novedades de la LPI
Estos son los puntos más importantes en los que se modifica la Ley de Propiedad Intelectual:
Copia privada: En la nueva ley se sigue reconociendo el derecho a la copia privada, pero se restringe. Ahora la copia privada de una obra debe realizarse siempre a partir de una copia obtenida legalmente, y tiene que ser una persona física quien lo haga, no un sistema informático. De este modo quedan excluidas definitivamente las redes P2P de este concepto.
Canon para soportes digitales: El canon sirve para compensar a los autores por las copias privadas que se realicen de su obra. En la nueva ley el canon alcanza casi todos los soportes digitales, incluyendo CD y DVD grabables, reproductores MP3, tarjetas de memoria e incluso teléfonos móviles. Quedan de momento exentos los discos duros y las conexiones ADSL.
Puesta a disposición interactiva: Los autores y creadores que difundan sus obras a través de Internet también tendrán una compensación por lo que se denomina "derecho de puesta a disposición interactiva".
Número de copias: Aunque se trató la posibilidad de limitar el número de copias privadas a tres, en el texto definitivo no hay tal límite. Sin embargo, sí que hay límites al número de copias privadas en bibliotecas, museos y mundo de la enseñanza.
Además, Según los estudios de la propia SGAE los artistas tan solo cobran un promedio del 6% por cada CD vendido, siendo el porcentaje restante para las entidades de gestión de derechos y discográficas y se espera un incremento de 500 millones de euros en la recaudación de cánones sobre los derechos de autor en Europa en 2009. ¡¡Manos arriba, esto es un atraco!!
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